Decían los romanos, que de esto sabían mucho en su época, que la Justicia consiste en dar a cada uno lo suyo. ¿Qué fácil, no? Pero… ¿Qué es lo suyo? Pues ya se verá: a uno, 20 años de condena por causarle la muerte a alguien; a otro, restablecerlo en la posesión de su piso alquilado por no percibir la renta durante meses; a otro más, su pensión de invalidez denegada por la Seguridad Social; a otro su divorcio y consiguiente liberación de su pareja…, etc. Según. Los ejemplos son infinitos. Pero fácilmente se comprende que, implícita en esa idea de dar a cada uno lo suyo, está siempre incluida la proporcionalidad. O sea, darle la razón o quitársela, sí; pero dentro de unos límites lógicos. Y así, al que roba una moto, no se le pueden echar 20 años de condena, pero sí al que asesina a otro. O al que no paga la renta del piso, se le lanza de él y tiene que indemnizar los gastos y daños, pero no se le envía a galeras. Etc., etc. Bien, ideas tan claras como éstas son de sentido común. No hace falta estudiar una carrera universitaria, ni menos aún preparar unas oposiciones para aplicarlo en la práctica cotidiana. Sin embargo, a diario hay ejemplos que se saltan este binomio Justicia/Proporcionalidad.
Me acuerdo que a los padres de un niño de Sevilla les indemnizaron por Sentencia (de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla) con 100.000 € por habérsele causado lesiones severas en el parto al no practicársele una cesárea a tiempo. Sí, el niño tiene una parálisis cerebral de por vida, y va en un carrito ortopédico; no habla, no anda, no controla esfínteres, sufre crisis epilépticas, un fortísimo retraso psicomotor... Pero eso “vale” sólo 100.000 €… para ese Tribunal, que es lo que se van a gastar los padres en medicinas, pañales y tratamientos para el resto de la vida del niño. Si acaso podrán adaptar la vivienda o comprarse un vehículo también adaptado a las necesidades del niño. Ya está.
Una cifra parecida (120.000 €) es la reparación que otra Sentencia judicial (de la Audiencia Provincial de Madrid) impuso a cierta cadena televisiva por “mancillar” el honor de cierto expresidente del Gobierno respecto del cual dijo en un programa que se iba a separar… Bueno no, porque a su santa la referida sentencia judicial le concedió otros 120.000 € por idéntico motivo. Es decir, 240.000 € en total para el matrimonio; dicho de otro modo, como 2'5 niños y medio con parálisis cerebral para el tribunal sevillano. (Cualquiera diría que dónde hay que apuntarse para que tal cadena televisiva diga de uno que va a separarse…)
Resoluciones judiciales ridículas hay muchas, no sólo las dos aludidas. Está también la del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que impuso una sanción de 150 € a una jueza de Barcelona que conducía borracha y que, cuando fue detenida por los mossos d’Esquadra al querer practicarle éstos la prueba de alcoholemia se negó y se marchó apelando a su condición de magistrada, amenazándoles incluso (si usted o yo hacemos eso, nos ponen a picar piedra…). Y ya por nuestras tierras, tenemos la del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jaén que condenó a un muchacho de La Carolina por defender a una chica de los insultos y amenazas de su novio, al estilo Jesús Neira; o la de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que a un joven discapacitado de Andújar con un 74% de minusvalía le ha concedido 9.000 € de indemnización por haber sufrido una brutal agresión sexual (eso sí, su agresor ha sido condenado además a 6 años de prisión). No quiero ni imaginarme a lo que condenarían a quien osara abusar sexualmente del aludido expresidente del gobierno, que volvió a los candeleros mediáticos -aunque nunca se fue- tras hacer una hermosa “peineta” a algunos jóvenes que le increpaban por su papel de co-starring en la guerra de Irak. Creo que no habría dinero en el mundo para compensarle…
Sí, ya sé: no hay ninguna proporcionalidad en estas resoluciones judiciales. Son manifiestamente ridículas las indemnizaciones que recogen. Y hay bastantes más. El problema es que al día siguiente, sus autores –que a veces se leen los recursos que les llegan- han seguido haciendo otras, como si tal cosa, sin que nadie les señale ni se tome ningún tipo de medida.
Qué pena que con tanto legislar no se legisle de una vez sobre las cuantías de multas e indemnizaciones, como existe desde hace años para los asuntos de tráfico. Pero claro, tal normativa interesaba a las compañías de seguros. Y ya se sabe: si algo conviene a las aseguradoras o a los bancos, se hace ipso facto. Los demás, pues según quien seas, así obtendrás…
No hay comentarios:
Publicar un comentario